LOS JÓVENES ESPAÑOLES YA PUEDEN SOLICITAR LA NUEVA AYUDA AL ALQUILER

¿Cómo pedir los 210 Euros para el alquiler?

Requisitos

- Tener entre 22 y 30 años con unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros y ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda que sea residencia habitual. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad. También a los extranjeros no comunitarios con residencia legal en España. Ocho de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación.

- Acreditar una vida laboral de, al menos, seis meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud.

-La duración de la ayuda es de cuatro años, sean o no consecutivos, y sólo habrá una prestación por vivienda habitual alquilada.

-No se aceptan contratos entre familiares y el receptor tampoco puede ser propietario de una vivienda.

Plazos

-La Renta de Emancipación entra en vigor el 1 de enero de 2008 y a partir del día 2 se podrá presentar el formulario de solicitud. Aunque la tramitación de ésta se prolongue durante algún tiempo, los perceptores tienen derecho a recibir las ayudas desde el mes siguiente a la fecha en la que se formalizó la petición.

Trámites y documentación

-Presentar la solicitud ante el departamento competente en materia de vivienda de la comunidad o ciudad autónoma donde esté situado el piso de alquiler junto al contrato de arrendamiento. Para rellenar el impreso, se necesita el número de la Seguridad Social, la referencia catastral de la vivienda y el número de cuenta donde está domiciliado el pago del alquiler.

-Con la resolución otorgada por la comunidad autónoma -que tiene un plazo máximo de dos meses para ello-, hay que dirigirse a la entidad bancaria colaboradora para solicitar el pago.

Excepciones y compatibilidades

-Si el solicitante aún no tiene contrato de alquiler, podrá solicitar el reconocimiento

provisional del derecho a la renta. En este caso, tendrá tres meses desde el reconocimiento del derecho para buscar casa y presentar una nueva solicitud aportando el contrato de alquiler.

-Las ayudas son compatibles con las subvenciones o beneficios fiscales que establezcan las comunidades en virtud de sus competencias.

-La renta de emancipación no es compatible con las ayudas al inquilino vigentes del Plan Estatal de Vivienda.

Las tres imágenes son los impresos que tienes que rellenar para solicitar la ayuda al alquiler. Clickea sobre la imagen para verlas en su formato original.

Además, si estas interesado te aconsejamos que te informes de las ayudas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha en: www.viviendajovenclm.com, o personalmente en: Dirección General de la Vivienda, Paseo Cristo de la Vega, s/n, Toledo. Teléfono: 925 28 70 77.

Más información e impresos en: (Nota: puedes encontrar algún error en el enlace, creemos que es debido al colapso que está sufriendo la página en los primeros días) http://www.alquilerjoven.es/index.htm

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Y que pasa que en el Ayuntamiento no cuelgan información acerca de como conseguir los impresos, es una noticia de gran impacto en todo el pais...y estos ni se pispan..que verguenza...hubo 8.500 solicitudes de descarga de los impresos y desde el ministerio creo que se han habilitado hasta 5 páginas web más...que pena de equipo de gobierno, a trabajar por nuestros jóvenes hombre...a ver esa concejalía de juventud que esta para trabajar y no para ganar las elecciones, es que no da una...o...no tiene ni idea de la noticia ( solo de la noticia)...mandarsela por favor...gracias al blog una vez más